Ahorro Voluntario
Con la finalidad de ofrecer al asociado una opción de ahorro adicional, a su aporte ordinario con el Fondo.
Tasa de interés 3.0% E.A.

Condiciones
TIPO: Ahorro voluntario. FINALIDAD: Mecanismo que se ha diseñado para incentivar el ahorro entre los asociados cuando dispongan de recursos. MÍNIMO: Desde el 5% de un SMMLV, sin superar el 75% del salario básico mensual. TASA DE INTERÉS: Rentabilidad garantizada mensualmente acorde a los saldos. RETIRO: No tiene sanción por retiro y se puede solicitar parcialmente. CAPTACIÓN: Se hace a través de consignación bancaria o pago PSE. APERTURA: Para que Fenucol realice la apertura del ahorro voluntario el asociado deberá realizar el pago de manera anticipada.
Aclaración
Este ahorro no aumenta cupo en ninguna modalidad de crédito. – No está permitido abrir un nuevo ahorro voluntario trasladando los saldos de un ahorro voluntario con diferente tasa. – Si el asociado está interesado en apertura con el saldo del ahorro voluntario un CDAT A LA VISTA o CON PACTO DE PERMANENCIA deberá cumplir lo establecido en los articulo 13 o 14 numeral 8, del reglamento de ahorro.
A TENER EN CUENTA
Todos los asociados de FENUCOL, deberán comprometerse a realizar aportes sucesivos permanentes entre el tres por ciento (3%), hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su ingreso salarial neto mensual o mesada pensional, pagaderos con la periodicidad que los asociados reciben el citado ingreso. De igual modo las condiciones citadas anteriormente se aplicarán a los pensionados y exfuncionarios.
Del total de la cuota permanente aquí establecida, el cuarenta por ciento (40%) se llevará a aportes sociales individuales y el sesenta por ciento (60%) restante a una cuenta de ahorros permanentes.
En caso que el ex funcionario no obtenga de forma inmediata vinculación laboral con la misma agencia u otra, podrá realizar un aporte mínimo del 5% de un (1) salario mínimo mensual legal vigente, condición que aplicará hasta que se ubique laboralmente.