Crédito
Calamidad Doméstica
FINALIDAD: Se considera calamidad doméstica aquella situación grave e imprevisible, que afecta considerablemente el patrimonio económico del asociado, tales como incendios, terremotos, derrumbes, inundaciones, accidentes, muerte o enfermedad grave del cónyuge, progenitores, hijos y hermanos.
MONTO: 4 veces los aportes y ahorros hasta 10 SMMLV.
PLAZO MÁXIMO: Hasta 12 meses (1 año)
TASA:
Meses | E.A | N.A | M.V |
1 a 12 | 12,68% | 12,00% | 1,00% |
ANTIGÜEDAD: 3 meses
RESTRUCTURACIÓN: Haber pagado el 40% del crédito, pagando nuevamente afianza
ROTACIÓN: Sólo podrá acceder al producto una vez en el año
EXCLUSIONES: Enfermedades o situaciones originadas por la ingestión desordenada de alimentos o bebidas alcohólicas, sustancias tóxicas o alucinógenos.
Situación económica difícil por endeudamiento superior al 50% de su salario, el cual puede ser verificable en las centrales de riesgo
