Crédito

Calamidad Doméstica

FINALIDAD: Se considera calamidad doméstica aquella situación grave e imprevisible, que afecta considerablemente el patrimonio económico del asociado, tales como incendios, terremotos, derrumbes, inundaciones, accidentes, muerte o enfermedad grave del cónyuge, progenitores, hijos y hermanos.

MONTO: 4 veces los aportes y ahorros hasta 10 SMMLV.

PLAZO MÁXIMO: Hasta 12 meses (1 año)

TASA:

Meses

E.A

N.A

M.V

1 a 12

12,68%

12,00%

1,00%

ANTIGÜEDAD: 3 meses

RESTRUCTURACIÓN: Haber pagado el 40% del crédito, pagando nuevamente afianza

ROTACIÓN: Sólo podrá acceder al producto una vez en el año

EXCLUSIONES: Enfermedades o situaciones originadas por la ingestión desordenada de alimentos o bebidas alcohólicas, sustancias tóxicas o alucinógenos.
Situación económica difícil por endeudamiento superior al 50% de su salario, el cual puede ser verificable en las centrales de riesgo